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REBT ITC 52. Modificación del Reglamento Baja Tensión para adaptarlo al vehículo eléctrico.

Hoy trataremos de la futura modificación del Reglamento Electrotécnico para la Baja Tensión para adaptarla a las necesidades de las recargas de los vehículos eléctricos. No es extraño, que el gobierno vaya adaptando el marco legislativo para fomentar y promover la implantación del vehículo eléctrico en España.

Ya son varios las leyes y reglamentos aprobados por el gobierno, con el fin de favorecer esta necesidad.

  •  RD 648/2011 de Ayudas directa a la compra.
  • RD 647/2011. Gestor de carga
  • RD 647/2011. Tarifa de acceso supervalle

Una de las próximas propuestas del gobierno y esperemos que no sea muy tarde es la modificación de El Reglamento Electrotécnico para la Baja Tensión, incluye una nueva instrucción técnica que solo hace referencia a la recarga coches eléctricos. Además también modifica la instrucción técnica 4, 5, 10, 25.

La ITC 52, se trata de «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos».

En ellas se establece, también que para nuevas construcciones de viviendas y garajes comunitarios, unas dotaciones mínimas, como es en aparcamientos colectivos en edificios de régimen de propiedad horizontal, las canalizaciones para poner un punto de recarga con una distancia mínima de 20 metros.

Además incluye los diferente circuitos que se pueden utilizar para realizar la recarga tanto en lugares privados, como en unifamiliares, como en garajes comunitarios.

Aquí podéis ver el anteproyecto de ley.

ITC-REBT-52

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