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PROGRAMA ESPAÑOL DE INCENTIVO DEL VEHÍCULO EFICIENTE (PIVE)

Estimados amigos de www.recargacocheselectricos.com, hoy vamos a desgranar punto por punto el Programa de Incentivo del Vehículo Eficiente (PIVE) del Ministerio de Industria.

En un artículo anterior os dejamos el enlace para descargaros la Resolución de la Secretaría de Estado de la Energía en el Boletín Oficial del Estado. Nosotros nos lo hemos leído en profundidad para ahorraros ese trabajo, y aquí van las conclusiones:

La idea del Gobierno es que seamos capaces de disminuir el consumo energético nacional mediante la modernización del parque nacional de vehículos con modelos eficientes energéticamente y que tengan menor consumo de combustibles fósiles con el objetivo de evitar lo máximo posible las emisiones de CO2 a la atmósfera.

Se calcula que con este plan se retiren de circulación 75.000 vehículos y que éstos puedan ser sustituidos por vehículos eficientes. Para ello, el Ministerio contará con un presupuesto de 75 millones de euros a cuenta de los recientemente redactados PGE.

Los vehículos susceptibles de ayuda serán tanto los nuevos como usados -comprados- hace menos de un año desde su matriculación, utilitarios pero también furgonetas hasta tres toneladas y media. Estos vehículos deberán estar matriculados en España, y podrán ser tanto vehículos convencionales (combustión) con altos niveles de eficiencia, híbridos, híbridos enchufables, eléctricos puros y también propulsados con autogás o gas natural. Por supuesto, la ayuda supone la entrega de un vehículo de más de 10 años para achatarrar.

El descuento alcanzará los 2.000 euros en ayudas, 1.000 a cargo del fabricante y otros 1.000 a cargo de los presupuestos públicos señalados anteriormente. Para obtener la subvención, será necesario cumplimentar el procedimiento indicado en el artículo octavo de la Resolución y aportar la documentación señalada en el anexo (https://www.recargacocheselectricos.com/wp-content/uploads/Plan-PIVE-BOE.pdf), de lo que no hay que preocuparse excesivamente, ya que es el punto de venta el obligado a realizar todos los trámites. Sin embargo, para facilitar la tarea al concesionario, sería conveniente que el comprador aportara la siguiente documentación:
a) Fotocopia del «Certificado acreditativo de la baja del vehículo», por parte del
correspondiente Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CAT), en nombre de la DGT.
b) Fotocopia de la Ficha Técnica del vehículo achatarrado donde conste la fecha de
primera matriculación y su matriculación en España.
c) Fotocopia de la Ficha Técnica del Vehículo adquirido (en aquellos vehículos
donde no sea obligatoria la cifra de emisiones de CO2
/km en la Ficha Técnica, así como
en los vehículos de GLP y Gas Natural, se deberá aportar un Certificado oficial de
emisiones de CO2
del fabricante).
d) Fotocopia del Permiso de Circulación del vehículo adquirido.
e) Etiqueta Energética IDAE del modelo adquirido, que podrá ser facilitada en el
punto de venta.
f) Fotocopia de la factura de compra en la que se desglose: precio franco fábrica,
otros costes, descuento del fabricante o punto de venta por el Programa PIVE, otros
descuentos, precio del vehículo antes de IVA o IGIC, precio después de impuestos y
ayuda pública aportada por IDAE con cargo al Programa PIVE (1.000 €).

Como vemos, incluso las instituciones consideran importante promocionar la movilidad sostenible. Aprovéchate ahora que existen subvenciones, ya que dentro de algunos años no te quedará más remedio que hacerte con un vehículo eléctrico y 75 millones no duran toda la vida.

¡Ánimo gente!

Luis Sebastian

Dando el máximo para hacer las cosas lo mejor posible. Si quieres saber cómo, sígueme en Twitter: @lsebacast

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