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Plan Moves - Movilidad eficiente y sostenible | Instalación de puntos de recarga

Reparto de ayudas del Plan MOVES

Ya sabemos que es lo que va a repartir cada Comunidad Autonoma del Plan MOVES

Cuando se anuncio el pasado mes de febrero la aprobación del plan MOVES como un programa de incentivos para la movilidad eficiente, solo se detallo que la responsabilidad de repartir su dotación económica dependería en las Comunidades Autonomas.

Siguiendo la linea de otros programas de financiación anteriores como el plan MOVALT o MOVEA, su dotación económica va destinada a la ayuda para la compra vehículos o instalación puntos de recarga.

Pero, ahora, ya sabemos que el dinero no se repartirá por todo el país a partes iguales sino que se repartirán entre las comunidades autónomas con un criterio de reparto territorial mas objetivo.

Para ello, el gobierno ha tomado como referencia o se ha basado en el padrón de habitantes del Instituto Nacional de Estadística (INE) entendiendo que existe una relación entre esta característica y la movilidad, y asegurando así un reparto equitativo.

Reparto de los 45 millones de ayuda por Comunidades Autónomas del PLAN MOVES

Comunidad Autónoma Presupuesto (en euros) Porcentaje del total
Andalucía 8.096.943,04 17.99%
Aragón 1.264.570,62 2,81%
Asturias 1.000.022,93 2,22%
Baleares 1.078.326,30 2,40%
Canarias 2.036.957,32 4,53%
Cantabria 560.706,02 1,25%
Castilla y León 2.343.913,42 5,21%
Castilla La Mancha 1.962.902,51 4,36%
Cataluña 7.300.768,41 16,22%
Comunidad Valenciana 4.774.698,85 10,61%
Extremadura 1.043.465,22 2,32%
Galicia 2.616.913,80 5,82%
Madrid 6.287.521,47 13,97%
Murcia 1.420.641,10 3,16%
Navarra 621.520,40 3,16%
País Vasco 2.120.089,97 4,71%
Ceuta 82.091,05 0,18%
Melilla 83,212,85 0,18%

Con esta formula Andalucía es la comunidad autónoma con el mayor presupuesto, mas de 8 millones de euros, seguido de Cataluña con mas 7,3 mill. y Madrid con mas de 6,3 millones.

Destacan por debajo del millón Navarra, Cantabria, La rioja y las ciudades autonómicas de Ceuta y Melilla.

No todo el presupuesto es para la compra de vehículos eléctricos

A partir de este presupuesto deberán distribuir las ayudas respetando las siguientes condiciones:

  • Solo entre un 20% y un 50% podra ser para la adquisición de vehículos alternativos.
  • Con margen entre un  30% y un 60% debe ser para la implantación o instalación de infraestructuras de recarga (teniendo en cuenta que de este porcentaje, un mínimo del 50% debe ser para puntos de recarga rápida o ultrarrápida).
  • También se contempla la implantación de sistemas públicos de préstamos de bicicletas eléctricas para que puedan pedir ayuntamientos y otras entidades, y que deberán suponer entre el 5% y el 20% del total del presupuesto.
  • Y desde un 0% hasta un 10% para el apoyo de planes de transporte en centros de trabajo o empresas.

Recuerda

Los importes de las ayudas para los vehículos eléctricos van a ir desde los 700 Euros para las motos eléctricas hasta los 5000 Euros para la compra de coches eléctricos, eléctricos de autonomía extendida o híbridos enchufables y que la primera condición para optar a estas ayudas es achatarrar un vehículo de mas de 10 años.

plan moves

Plan MOVES o Programa de incentivos a la movilidad

Ya tenemos nuevo programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible, el Plan MOVES.

El gobierno de España ha sacado a luz, a través del ministerio para la Transición Ecológica, el plan MOVES de ayudas para la compra de vehículos eléctricos e instalaciones de puntos de recarga con presupuesto de 45 millones de euros.

Un plan que se encuentra en la linea de programas de financiación anteriores como MOVALT o MOVEA, pero que esta vez solo incluye vehículos electrificados, es decir, vehículos eléctricos o híbridos enchufables.

Este requisito excluye a las formas de propulsión por gas (GLP o GNC) en base a la posibilidad de igualar la competencia con la propulsión eléctrica.

Otro de los requisitos para disfrutar de esta ayuda sera la retirada de la circulación (o achatarrar) de un vehículo:

  • M1 (Vehículo para transporte de pasajeros, que no contenga más de 8 asientos además del asiento del conductor o se haya adaptado su interior para carga) de mas de 10 años de antigüedad.
  • N1 (Vehículos utilizados para transporte de carga y con un peso máximo que no exceda las 3.5. ton. métricas) de mas de 7 años.

¿Como me ayuda a financiar mi vehículo eléctrico?

Este plan MOVES contempla ayudas de entre el 20% y el 50% del precio o coste de la compra de un vehículo eléctrico y oscila entre los 700€ de financiación que se pueden conseguir con la compra de una moto eléctrica, hasta los 15.000€ para camiones, autobuses o furgonetas.

Para coches eléctricos o vehículos comerciales ligeros se podrán alcanzar hasta los 5000€.

Ademas los concesionarios o importadores del vehículo deberán realizar un descuento obligatorio de 1000€ en la tarifa para coches o furgonetas, con lo que se puede alcanzar hasta los 6000€.

¿El plan moves puede financiar el punto de carga de mi vehículo?

Este programa también incluye ayudas pensadas para la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, cubriendo entre un 30% y un 60% de su coste, y con un máximo de 100.000.

Consulta mas condiciones con un experto en soluciones para la recarga de tu vehículo eléctrico.

Ademas también están pensadas como incentivos para desarrollar sistemas de Bici-sharing o la implantación de planes de transporte de un centro de trabajo.

Adicionalmente cuentan con una linea de financiación adicional los proyectos de movilidad sostenible de ciudades patrimonio de la humanidad, municipios con alta contaminación, municipios de las islas o iniciativas innovadoras de electro-movilidad.

¿Quien puede pedir las ayudas del plan moves?

Las bases de este programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible establece que los beneficiarios de estas ayudas pueden ser personas físicas o jurídicas, empresas privadas, profesionales autónomos, comunidades de propietarios y entidades publicas.

¿Como tener financiación y quien la va a dar?

Por el momento no existe una fecha oficial de activación de estas ayudas, ni su formato, pero si se ha confirmado la novedad de que serán las comunidades autónomas quienes repartirán y asignaran estas ayudas respetando los requisitos de este plan.

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El Real Decreto Ley 15/2018 acaba con la figura del Gestor de Carga

Como comunicamos ayer el gobierno ha aprobado la derogación de la figura del Gestor de Carga. Se ha aprobado por Real Decreto Ley y ha sido publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado.

Así establece la Disposición derogatoria única. Derogación normativa, lo siguiente

El Real Decreto 647/2011, de 9 de mayo, por el que se regula la actividad de gestor de cargas del sistema para la realización de servicios de recarga energética, excepto sus disposiciones adicionales, transitorias y finales.

Con lo cual la figura como tal de “Gestor de Carga” desaparece. Ya nunca se llamará así.

Por otro lado, deja abierto en la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, abriendo la posibilidad a que los propios consumidores puedan ofrecer servicios de recarga, tanto personas como empresas.

Los consumidores, que son las personas físicas o jurídicas que adquieren la energía para su propio consumo y para la prestación de servicios de recarga energética de vehículos.

También una novedad es que capacita a las empresas distribuidoras a gestionar infraestructura de recarga.  Esto quiere decir que las dueñas de la red de baja tensión que circula por las ciudades, (Iberdrola distribución, Endesa Distribución, cooperativas locales… ) podrán poner infraestructura, y no solo eso, el gobierno abre la posibilidad de lo que se les pueda adjudicar a ellos, con el correspondiente pago.

Por otro lado, añade lo siguiente:

Los servicios de recarga energética podrán ser prestados por cualquier consumidor debiendo cumplir para ello los requisitos que se establezcan reglamentariamente por el Gobierno. La prestación de servicios de recarga en una o varias ubicaciones podrá realizarse directamente o a través de un tercero, de manera agregada por un titular o por varios titulares a través de acuerdos de interoperabilidad.

Se trata del punto más importante ya que deberemos esperar a un reglamento (Real Decreto) para saber los requisitos a cumplir.

Por último, también se van a crear unos registros autonómicos donde se deberán inscribir las instalaciones. El ministerio establecerá que información habrá que enviar y cuales están exentos de no enviar información.

Conclusiones:

Actualmente nos encontramos en un limbo legal hasta que se publique en el BOE el decreto que regule la nueva figura. Esta ley por lo que se ve le va a permitir a cualquier persona física o jurídica la reventa de energía para servicios de recarga. Solo se deberá informar a un registro autonómico. Veremos como queda el nuevo decreto pero la ley parece prometedora.

Seguiremos informando…

El gobierno elimina la figura del Gestor de Carga

[notification type=”notification_info” ]Actualización de información tras la públicación de la ley en este link [/notification]

El gobierno ha aprobado hoy 5 de octubre de 2018, la eliminación de la figura del gestor de Carga. Esta figura se implementó en la época del gobierno de Zapatero, con el fin de facilitar la implantación de puntos de recarga público. La medida fue bastante nefasta, ya que, aunque permitía la reventa de energía eléctrica, todos los trámites y condiciones hacían inviable la misma.

Actualmente no disponemos de cómo quedará el Real Decreto Ley que lo regule y tampoco sabemos si saldrá mañana sábado publicado en el BOE o tendremos que esperar. Tampoco sabemos cómo va a quedar la figura y si la habrán simplificado tanto como la ciudadanía pediría o los lobbyes de presión.

Así ha quedado comentado en la web de La Moncloa;

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley para abordar, de forma urgente, la actual subida de los precios de la electricidad, ofrecer una mayor cobertura a los ciudadanos en situación de vulnerabilidad e incrementar la protección de los consumidores, con medidas que permitirán ajustar mejor la tarifa al consumo, reduciendo su factura eléctrica. Asimismo, la norma adopta medidas para acelerar la transición hacia un modelo energético basado en energías renovables. Entre otras, se elimina el denominado “impuesto al sol”, se reconoce legalmente el autoconsumo compartido y se flexibiliza la actividad de recarga de vehículos eléctricos, eliminado la figura del gestor de carga.

Se abre el plazo de inscripción para la VIII Edición de los Premios de la Semana Española de la Movilidad Sostenible 2018

El Ministerio para la Transición Ecológica, como coordinador nacional de la Semana Europea de la Movilidad, ha abierto el plazo de inscripción para la VIII Edición de los Premios de la Semana Española de la Movilidad Sostenible 2018 (Premios SEMS-2018).

Los Premios SEMS-2018, que este año cumplen su VIII Edición, van destinados a todos los ayuntamientos, organizaciones, instituciones y empresas, que hayan participado en el proyecto Semana Europea de la Movilidad, en el año 2017 cumpliendo los requisitos de adhesión al proyecto.

Asimismo, incluyen una categoría reservada a profesionales de los medios de comunicación que hayan difundido los valores de la movilidad sostenible entre el 16 de septiembre de 2017 y el día de finalización de esta convocatoria.

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