Las ayudas se pueden solicitar desde el 19 de junio de 2017 hasta el 14 de julio de 2017. Existen tres tipologías de ayudas, todas destinadas a AAPP o empresas. El apoyo máximo es del 40% del coste subvencionable.
Estaciones de recarga rápida de acceso público para vehículos eléctricos (Tipo 1)
Se considera estación de recarga rápida de acceso público a aquellas con una potencia eléctrica de 50kW (DC) y de 44 kW (AC), que tengan un uso exclusivo para la recarga de vehículos eléctricos, sea accesible por cualquier usuario, no sea de uso privado y esté dotada del correspondiente sistema de conexión del vehículo a la red eléctrica para su carga y gestión.
Asimismo, estas estaciones de recarga deben tener las características técnicas establecidas en el anexo de la convocatoria de ayudas.
Estaciones de recarga semi-rápida de acceso público para vehículos eléctricos (Tipo 2).
Se considera estación de recarga semi-rápida de acceso público a aquellas con una potencia eléctrica disponible superior a los 20 kW en corriente continua o alterna, que tengan un uso exclusivo para la recarga de vehículos eléctricos, sea accesible por cualquier usuario, no sea de uso privado y esté dotada del correspondiente sistema de conexión del vehículo a la red eléctrica para su carga y gestión.
Asimismo, estas estaciones de recarga deben tener las características técnicas establecidas en el anexo de la convocatoria de ayudas.
Estaciones de recarga privadas para vehículos eléctricos (Tipo 3)
En esta tipología se incluyen todas aquellas estaciones privadas que den servicio de recarga a vehículos eléctricos, no incluidas en las tipologías anteriores.
No serán subvencionables los puntos de recarga eléctrica instalados en viviendas y los puntos de recarga destinados específicamente a elevadores, carretillas eléctricas y vehículos eléctricos similares.